Abogados Valerma | Valerma Abogados

Arraigo en España: social, laboral, formación y familiar en Cataluña (Barcelona y Tarragona)

Arraigo en España: social, laboral, formación y familiar en Cataluña (Barcelona y Tarragona)
Jesús ValderramaJesús Valderrama - september 11, 2025 | 12:00

Residencia por arraigo en España: social, laboral, formación y familiar (Barcelona y Tarragona)

Si estás en situación irregular en España, las autorizaciones por arraigo pueden ser tu vía para obtener permiso de residencia y trabajo. En Abogados Valerma —despacho de extranjería en Barcelona y Tarragona— tramitamos arraigo social, arraigo laboral, arraigo para la formación y arraigo familiar con presentación telemática y seguimiento hasta la resolución.

Qué cubre esta guía: requisitos, documentación, procedimiento y consejos prácticos en Cataluña, con enlaces a servicios relacionados.

🔹 Arraigo Social

Autorización de residencia por circunstancias excepcionales para extranjeros que acreditan 3 años de permanencia continuada en España, integración social y medios (contrato o recursos propios).

Requisitos

  • 📍 3 años en España (ausencias < 120 días acumulados).
  • 📝 Informe de arraigo e integración del ayuntamiento o medios de vida suficientes.
  • 💼 Contrato de trabajo (o varios) con condiciones ajustadas a normativa o actividad por cuenta propia viable.
  • 👤 Carecer de antecedentes penales en España y países de residencia previos.
  • 👪 Vínculos familiares en España (valorables) o integración social acreditada.

Documentación habitual

  • Pasaporte, empadronamientos históricos (Barcelona/Tarragona), informe de inserción, contrato(s)/proyecto, certificados penales, medios económicos y tasas.

Duración: 1 año (habitual), habilita a trabajar si se concede con contrato/actividad.

🔹 Arraigo Laboral

Residencia por circunstancias excepcionales para quienes acrediten 2 años de permanencia en España y relación laboral previa conforme a los requisitos legales.

Requisitos

  • 📍 2 años en España (continuados).
  • 💼 Acreditar relación laboral (p. ej., resoluciones judiciales/administrativas, alta y cotización, o vías probatorias admitidas).
  • 👤 Sin antecedentes penales; no figurar como rechazable.

Documentación habitual

  • Pasaporte, empadronamientos, prueba de relación laboral, penales, medios y tasas.

Duración: 1 año; puede habilitar a trabajar (cuenta ajena/propia) según resolución.

🔹 Arraigo para la Formación

Permite a extranjeros con 2 años en España obtener residencia si se comprometen a cursar una formación habilitante (catálogo admitido: certificados de profesionalidad, FP, etc.).

Requisitos

  • 📍 2 años en España (continuados).
  • 🎓 Compromiso de matricularse en formación admitida y cursarla en plazo.
  • 💶 Medios económicos y seguro médico (si procede).
  • 👤 Sin antecedentes penales; no rechazable.

Documentación habitual

  • Pasaporte, empadronamientos, preinscripción/matriculación o compromiso de matrícula, medios, seguro, penales, tasas.

Duración: hasta 12 meses (habitual). Tras la formación, se puede modificar a residencia y trabajo.

🔹 Arraigo Familiar

Residencia temporal por circunstancias excepcionales para determinados familiares de españoles o supuestos tasados.

Quién puede solicitar

  • 👩‍❤️‍👨 Cónyuge o pareja de hecho acreditada de español/a.
  • 👶 Descendientes de español/a <21 o mayores a cargo (propios o del cónyuge/pareja).
  • 👴 Ascendientes de español/a ≥65 o menores a cargo (propios o del cónyuge/pareja).
  • 🧬 Hijos de padre/madre originariamente españoles.
  • 👨‍👩‍👧 Padre, madre o tutor de menor español, o quien presta apoyos a español con discapacidad.

Documentación habitual

  • Pasaporte, pruebas de vínculo (nacimiento, matrimonio, pareja de hecho), medios si proceden, seguro, penales (según supuesto), tasas.

Duración: en muchos casos 5 años (habilita a trabajar); otros supuestos, 1 año según el caso.

🔹 Procedimiento (Cataluña)

  1. 🖥️ Presentación telemática ante la Oficina de Extranjería competente (Barcelona o Tarragona según domicilio).
  2. 📩 Posibles requerimientos de subsanación (plazo breve).
  3. ✅ Resolución y, si procede, huellas TIE y afiliación/alta en Seguridad Social.

🔹 Consejos prácticos en Barcelona y Tarragona

  • Reúne pruebas sólidas de permanencia (empadronamiento, contratos, tickets médicos, envíos, etc.).
  • El informe de arraigo municipal puede tardar: pide cita con antelación.
  • Cuida la coherencia entre contrato/medios y realidad económica.

🔹 Tabla-resumen

TipoEstancia mínimaPunto claveDuración típica
Arraigo Social3 añosInforme integración + contrato/medios1 año
Arraigo Laboral2 añosAcreditar relación laboral1 año
Arraigo Formación2 añosMatricularse en formación habilitanteHasta 12 meses
Arraigo FamiliarVínculo con español o supuesto tasado1 o 5 años

En Abogados ValermaBarcelona y Tarragona— te acompañamos desde la preparación del expediente hasta la resolución, con recursos si fuera necesario.

🔹 Preguntas frecuentes sobre el arraigo en España

❓ ¿Puedo trabajar con el arraigo social o laboral?

Sí. Estas autorizaciones suelen habilitar a trabajar. En el arraigo social, es clave aportar contrato o proyecto de cuenta propia.

❓ ¿Cuántas ausencias permiten los 3 años del arraigo social?

En términos generales, no más de 120 días acumulados fuera de España en ese periodo.

❓ ¿El arraigo para la formación me permite trabajar?

No es su objetivo. Permite residir mientras cursas la formación. Tras superarla, puedes modificar a residencia y trabajo.

❓ ¿Con arraigo familiar siempre me dan 5 años?

Depende del supuesto concreto. Muchos casos sí (y habilitan a trabajar), otros se conceden por 1 año.

❓ ¿Dónde se presenta en Cataluña?

Ante la Oficina de Extranjería de Barcelona o Tarragona según tu domicilio. Recomendamos presentación telemática.

Abogados Valerma | Valerma Abogados