Permiso por nacimiento y cuidado 2025 en Barcelona y Tarragona: todo lo que debes saber


Permiso por nacimiento 2025 en Cataluña: guía práctica del Real Decreto-ley 9/2025
El permiso por nacimiento y cuidado del menor es uno de los derechos laborales más relevantes para las familias. Con la aprobación del Real Decreto-ley 9/2025, publicado en el BOE el 30 de julio de 2025 y en vigor desde el 31 de julio de 2025, se amplía su duración hasta 19 semanas, con importantes novedades para trabajadores y empresas en Barcelona, Tarragona y el resto de Cataluña.
🔹 Origen y objetivo del cambio
Este decreto adapta la normativa española a la Directiva (UE) 2019/1158, que busca fomentar la conciliación laboral y familiar. Con esta reforma, España consolida un permiso de maternidad y paternidad igualitario, retribuido al 100 % e intransferible, favoreciendo la corresponsabilidad entre progenitores.
🔹 ¿Cuándo entra en vigor?
El Real Decreto-ley 9/2025 entró en vigor el 31 de julio de 2025. Desde esa fecha, los nacimientos, adopciones, guardas y acogimientos ya generan derecho a 19 semanas de permiso.
🔹 Disposición transitoria: retroactividad
La norma prevé un efecto retroactivo: las 2 semanas adicionales (o 4 en familias monoparentales) podrán aplicarse también a los nacimientos y adopciones ocurridos desde el 2 de agosto de 2024.
No obstante, estas semanas extra solo podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026, sin necesidad de un nuevo reconocimiento del derecho.
🔹 Cómo se distribuyen las 19 semanas
- 👶 6 semanas obligatorias, inmediatamente después del nacimiento o adopción, a jornada completa.
- 👶 11 semanas flexibles, hasta que el menor cumpla 12 meses. Pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida, incluso a jornada parcial (previo acuerdo con la empresa).
- 👶 2 semanas adicionales, que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años (en familias monoparentales se amplían a 4 semanas).
🔹 Ejemplo práctico
Un trabajador de Barcelona con un hijo nacido en septiembre de 2025:
- 📅 Disfrutará de 6 semanas obligatorias tras el nacimiento.
- 📅 Podrá organizar las 11 semanas restantes a lo largo del primer año de vida del menor.
- 📅 Además, contará con 2 semanas extra hasta que el niño cumpla 8 años.
🔹 Requisitos y procedimiento
- 📄 Comunicación a la empresa: avisar con al menos 15 días de antelación, indicando fechas de disfrute.
- 📝 Solicitud al INSS: acompañada de DNI, certificado de nacimiento o resolución de adopción, y vida laboral.
- ⚖️ Acuerdo en jornada parcial: si se desea fraccionar o disfrutar el permiso a tiempo parcial, debe pactarse con la empresa.
🔹 Familias monoparentales
El Real Decreto-ley 9/2025 reconoce expresamente un derecho ampliado para familias monoparentales: 32 semanas de permiso retribuido, de las cuales 4 se podrán usar de manera flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
🔹 Resumen rápido
Aspecto | Detalle |
---|---|
Entrada en vigor | 31 de julio de 2025 |
Duración | 19 semanas (32 en familias monoparentales) |
Distribución | 6 obligatorias + 11 flexibles hasta 12 meses + 2 hasta 8 años |
Retroactividad | Aplicable desde el 2 de agosto de 2024 |
Solicitud retroactiva | A partir del 1 de enero de 2026 |
Retribución | 100 % de la base reguladora |
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